El Tribunal Supremo reconoce el derecho a la tarifa plana de 60 € para los autónomos societarios. Ello posibilita la solicitud de reclamación de cuotas recaudadas indebidamente por el criterio restrictivo aplicado hasta la fecha por la TGSS |
Quienes reúnen la condición de socio administrador único de una sociedad unipersonal de responsabilidad limitada y hayan sido dado de alta por vez primera en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia y Autónomos de la Seguridad Social, podrán beneficiarse de la tarifa plana de un autónomo empresario. Ello Posibilita reclamar la devolución de la cuota de autónomo societario, abonada por imposición del criterio restrictivo de la TGSS. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la LGSS, el plazo de prescripción para solicitar la devolución de cuotas por ingresos indebidos es de cuatro años, a contar desde el día siguiente al ingreso. Si estas son sus circunstancias, contacte con nosotros para gestionar la reclamación de devolución de ingresos indebidos. |
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